¿Qué es el Monotributo?
¿Cómo saber si puedo ser Monotributista?
Los siguientes pueden adherirse al Monotributo
- Vendedores de productos (cosas muebles) o prestadores de servicios.
- Las sucesiones indivisas en su carácter de continuadoras de las mismas, hasta la finalización del mes en que se dicte la declaratoria de herederos, se declare la validez del testamento que verifique la misma finalidad o se cumpla un año desde el fallecimiento del causante, lo que suceda primero.
- Integrantes de una cooperativa de trabajo.
No pueden ser parte del monotributo
- Quienes realizan más de 3 actividades simultáneas o tenés más de 3 locales (unidades de explotación).
- Importadores de bienes. (incluídos los últimos 12 meses de desarrollo de la actividad comercial).
- Quienes se inscriban para percibir ingresos de una sociedad (Anónima, SRL, etc.).
- Vendedores de productos a más de $466.361,15 cada uno (En estos casos tenés que inscribirte en el Régimen General).
- Las sociedades de Hechos, salvo los condominios de inmuebles.
¿Cuáles son los tipos de Monotributo?
Cuál de las siguientes será tu modalidad de trabajo:
- Como trabajador independiente:Esta es la opción más común. Destinada a quienes venden productos o prestan un servicio por cuenta propia (tengan o no empleados)
- Como integrante de una sociedad monotributista:Este tipo de sociedad permite hasta 3 socios (todos deben ser monotributistas). La sociedad tiene que ser Ley N° 19.550 Capítulo I Sección IV (ex sociedad de hecho).
- Como miembro de una cooperativa:Como miembro de una cooperativa registrada ante AFIP (siempre y cuando tus ingresos brutos anuales no superen los $313.108,87), no pagarás el componente impositivo de monotributo (sí jubilación y obra social).
- Como trabajador independiente promovido:Si desarrollas exclusivamente una actividad independiente y esta es tu única fuente de ingresos (además de cierto requisito extra), podés adherirte al Monotributo como trabajador independiente promovido y no pagar el componente impositivo, además de tener la opción de pagar la obra social o no.
¿En qué categoría me inscribo si voy a colaborar con una APP como delivery/repartidor?
En estos casos, te será necesario emitir facturas, por lo tanto es importante que te inscribas en el Monotributo. Para ellos tené en cuenta que deberás especificar tu actividad, la cuál encuadra en la categoría de Servicios de Mensajerías. Si necesitás ayuda para realizar la inscripción, podemos ayudarte en el proceso. Sólo tenés que hacer click en el botón. Si tenés dudas, comunicate con nosotros a través de nuestro formulario de contacto.
¿Qué me entregan una vez completado el trámite?
Una vez completado todo el proceso. Recibirás en tu email los formularios correspondientes a tu inscripción, junto con una guía con lo que necesitás hacer para realizar tus primeros pasos como Monotributista.
Cuales son los requisitos para inscribirme.
- CUIT activo y Clave Fiscal de nivel 3
- No superar los montos de ingresos brutos establecidos para la màxima categorìa expuesta en la tabla monotributo 2025 https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp
- No tenés que haber realizado importaciones en los últimos 12 meses.
- No realizar más de 3 actividades simultáneas.
Qué se considera “lugar donde voy a ejercer mi actividad” (Relativo a espacio físico donde ejerce la actividad)
Se trata del espacio físico destinado sólo a la atención del público. Es decir, donde se reciben clientes, a los fines de prestar el servicio o finalizar la venta. De contar con más de una unidad, se deben sumar las medidas de cada una. Existen algunas excepciones, como espacios destinados a servicios de alojamiento, esparcimiento o almacenamiento de bienes, entre otros.
¿Qué actividades puedo desarrollar como Monotributista?
El Monotributo cubre a la mayoría de las actividades económicas.Las limitaciones están asociadas a los siguientes criterios:
- Realizar o haber realizado importaciones de bienes y/o servicios para el desarrollo de tu actividad comercial
- Tener más de tres (3) fuentes de ingresos y/o unidades de explotación
- Recibir ingresos como administrador, director o por pertenecer a una sociedad (S.A., S.R.L, etc.)
- Tener ingresos superiores a los límites establecidos por AFIP
- Estar inscripto en IVA en el régimen general (aquellos exentos de IVA pueden inscribirse en el Monotributo por otra actividad)
¿Qué ocurre en caso de excederse en la facturación estimada?
Al final de cada período impositivo (varía de acuerdo al inicio de actividades), debe realizarse un balance para estimar si se encuentra dentro de los límites en los que se inscribió. De no ser así, corresponde una recategorización que modificará el valor de su cuota mensual. En caso de no realizar usted mismo la recategorización, AFIP la realizará de oficio.
Contamos con el servicio de recategorización puede solicitarla en el siguiente enlace SOLICITAR RECATEGORIZACIÓN
¿Si soy Monotributista debo pagar Ingresos Brutos?
Ingresos Brutos (IIBB) es un impuesto de jurisdicción provincial, por lo que cada provincia cuenta con su propio agente recaudador y sus propias características. De todas maneras, a rasgos generales, toda persona que realice una actividad comercial debe anotarse en Ingresos Brutos.
No tengo CUIT y Clave Fiscal, ¿cómo los obtengo?
Para realizar la inscripción al Monotributo es necesario contar con una CUIT activa y con Clave Fiscal. Si tenés DNI nuevo podés realizar la solicitud online. De lo contrario podés sacar un turno en la web de AFIP y dirigirte a una dependencia para completar el trámite.
También podemos ayudarte a solicitar tu CUIT y Clave Fiscal aquí.
El domicilio donde realizo mi actividad no es el mismo que el de mi DNI
Para el Monotributo, el domicilio que se debe considerar es en el que realizás tu actividad comercial, por la cual te inscribís a este régimen. Si en tu caso, no utilizás un domicilio para realizar tu actividad comercial, entonces el que se toma es el de el lugar donde vivís. Es importante distinguir domicilio real (El que figura en tu DNI) de domicilio fiscal (lugar donde realizas tu actividad comercial o, en caso de que no aplique, el lugar donde vivís).
Cómo puedo recategorizarme en el Monotributo
Este proceso se realiza a los fines de ubicar al contribuyente en la categoría correspondiente 2 veces al año: Enero y Julio. Hay tiempo hasta el 20/01. Si en los últimos 12 meses tuviste cambios en el desarrollo de tu actividad, como por ejemplo, aumento o disminución de tus ingresos, de los gastos de electricidad o alquiler, tenés que recategorizarte. Por el contrario, si no tuviste cambios en ninguno de los aspectos del desarrollo de tu actividad, no tenés que hacer ningún trámite y damos por entendido que te corresponde seguir en la misma categoría.
Luego de la recategorización Afip hace un analisis de los ingresos y gastos y evalúa que se haya ubicado en la categoría correspondiente.
Si querés que gestionemos tu RECATEGORIZACIÓN, completá el formulario haciendo click AQUÍ.
¿Qué significa darme de alta en Monotributo?
El Monotributo es un impuesto simplificado para los pequeños contribuyentes. A diferencia de otros impuestos, (como por ejemplo el IVA, que se determina a partir de lo facturado), el Monotributo se paga mediante una cuota fija mensual. El valor de la misma varía según la categoría (a mayores ingresos anuales, más elevada será la categoría).
Dentro de la cuota de Monotributo se incluyen dos aspectos: el impuesto en sí mismo; y los aportes previsionales (obra social y jubilación).
¿Qué beneficios me otorga ser monotributista?
Luego de hacer el Monotributo por primera vez, podrás:
-Obtener la habilitación para facturar de una forma simple (recordá que si vendés productos o servicios, estás obligado por AFIP a emitir una factura)
-Tener tus ingresos declarados de forma correcta, y evitar retenciones o multas por parte de AFIP.
-El Monotributo implica una menor carga impositiva en relación a otros impuestos. Independientemente de lo que factures, pagarás tu cuota con un monto fijo.
-Al trabajar como monotributista, tenés menos obligaciones administrativas que los Responsables Inscriptos, ya que no necesitás presentar declaraciones juradas en AFIP.
-Tenés acceso a una obra social, y a los aportes jubilatorios.
¿Cuáles son los requisitos para ser monotributista?
Puede ser monotributista cualquier persona que esté realizando una actividad económica, tanto de servicios como de venta de productos, siempre y cuando su facturación anual no sea mayor a lo permitido por las categorías de Monotributo.
En caso de poseer un local comercial, el mismo no podrá superar determinadas magnitudes físicas, ni implicar un costo de alquiler anual por encima de lo establecido por el Monotributo.
¿Qué necesito tener en cuenta al hacerme monotributista?
El régimen de monotributistas es simple, y no presenta mayores complicaciones. Sin embargo, es importante prestar atención a ciertas cuestiones luego de anotarse en Monotributo:
-Como monotributista, deberás emitir factura por cada venta que realices.
-Tendrás que estar atento a tu facturación. Si superás lo establecido por tu categoría, será necesaria una recategorización.
-La inscripción en Monotributo implica, también, darte de alta en Ingresos Brutos de tu provincia.
¿Puedo darme de baja del Monotributo cuando lo desee?
¡Sí! Luego de hacerte monotributista, podrás realizar la baja en cualquier momento. Es un trámite simple, que se realiza desde la web de AFIP. ¡Tené en cuenta que si dejás de abonar tu cuota de Monotributo porque ya no lo utilizás, pero no registrás la baja, comenzarás a acumular deuda en AFIP!
Si queres solicitar la Baja en Monotributo SI y evitar la acumulación de deuda podes hacerlo desde el siguiente link
¿Cuál es el valor de la cuota mensual que debo abonar a AFIP?
Una vez que realizaste el alta en Monotributo, deberás pagar, mes a mes, la cuota mensual. El monto dependerá de tu Categoría de Monotributo. El importe de las mismas se actualiza periódicamente.
Si queres conocer el valor de la cuota mensual podes ingresar al siguiente link
¿Cómo pago mi cuota de Monotributo?
¡Hay muchas opciones! Podés hacerlo a través de tu homebanking, en cajeros automáticos, desde el portal de AFIP con tarjeta de débito o crédito, con Mercado Pago, o por débito automático.
¿Puedo realizar exportaciones siendo montrobutista?
Fecha de publicación: 14/05/2024
Sí, podrá realizar exportaciones siendo monotributista.
- Fuente: Ley 26.565